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¿Qué es AB 1482? +
AB 1482 es una ley estatal que protege a los inquilinos mediante:
- Limita la cantidad que el propietario puede aumentar el alquiler en un solo año para evitar aumentos excesivos.
- Requiere que el propietario tenga y declare una razón justa si quiere desalojarlo después de que usted haya vivido en el alquiler durante un año (también conocido como protección de desalojo por “Causa Justa”).
¿Mi unidad está cubierta por AB 1482? +
La mayoría de las unidades de alquiler están cubiertas por AB 1482, que incluyen:
- La mayoría de los apartamentos. Sin embargo, si vive en un edificio más nuevo construido después de 2005, AB 1482 no se aplicará a usted.
- Dúplex construidos antes de 2005 si el propietario del dúplex no vive en el dúplex.
- Viviendas unifamiliares construidas antes de 2005 si una corporación es propietaria de la vivienda.
Ciertas unidades de alquiler están cubiertas por las protecciones de AB 1482 contra el aumento de alquiler, pero no están cubiertas por las protecciones de AB 1482 contra desalojos arbitrarios:
- Viviendas unifamiliares donde el propietario también vive allí y alquila dos o menos unidades en la propiedad.
- Cualquier vivienda donde el propietario vive en la unidad y los inquilinos comparten un baño y una cocina con el propietario (como si el inquilino fuera un huésped).
Algunas unidades no están cubiertas por AB 1482 en absoluto:
- Cualquier vivienda, incluyendo apartamentos, construida en los últimos 15 años (después de 2005).
- Unidades que ya están cubiertas por una ley de control de alquileres o de “causa justa”. En el condado de Santa Clara, esto incluye algunas unidades en San José y Mountain View.
- Dúplex si el propietario vive en el dúplex.
- Hoteles, hostales u otras viviendas a corto plazo.
- Dormitorios estudiantiles.
Si mi unidad está cubierta por AB 1482, ¿cuánto se puede aumentar mi alquiler? ¿Y por qué motivo? +
En la mayor parte de California, si su unidad está cubierta por AB 1482, lo máximo que el propietario puede aumentar su alquiler durante un año es un 5% + IPC (IPC es el índice de precios al consumidor, que refleja la inflación general) o en el condado de Santa Clara, en 6.0% o 10% - lo que sea menor. En general, esta ley significa que su propietario no puede aumentar el alquiler más del 6.0% por año. La ley permite que el propietario le otorgue hasta dos aumentos de alquiler por año, pero el aumento total del alquiler no puede exceder el límite en AB 1482.
Por ejemplo: si su alquiler es de $ 1,000, la cantidad máxima que su propietario podría aumentar es aproximadamente $60 al año. Su propietario podría otorgarle hasta dos aumentos de alquiler en un año, pero no pueden exceder los $60.
Si mi unidad está cubierta por AB 1482, ¿puede el propietario desalojarme? ¿Por qué razón? +
- Si usted es un inquilino y su unidad está cubierta por AB 1482, y ha vivido allí más de un año, el propietario debe darle una razón antes de desalojarlo.
- Si ha vivido allí menos de un año, su propietario solo tiene que darle un aviso de 30 días. En ese aviso no tienen que enumerar una razón para desalojarlo.
AB 1482 enumera las razones que su propietario puede dar para desalojarlo:
- Falta de pago del alquiler.
- Violar el contrato de arrendamiento.
- Ser una molestia.
- Dañar la propiedad, reduciendo así su valor.
- Negarse a firmar una extensión o renovación de arrendamiento, siempre que el arrendamiento sea de duración similar y con disposiciones similares a las del arrendamiento anterior.
- Actividad criminal en la residencia o actividad criminal / amenaza dirigida al propietario o agente del propietario.
- Subarriendo cuando su contrato de arrendamiento no lo permite.
- Negarse a dejar que el propietario ingrese a la unidad para hacer reparaciones, cuando hay una emergencia, cuando el inquilino abandona la propiedad o cuando hay una orden judicial.
- Uso de la propiedad para fines ilegales.
- No abandonar la vivienda provista por el empleador cuando el inquilino fue despedido como empleado, licenciatario o agente del propietario.
- No salir en el tiempo prometido después de haber notificado por escrito su intención de desocupar la propiedad, o después de que el propietario acepte una oferta de entrega de la propiedad.
Además, el propietario puede desalojar por los siguientes motivos que no tendría culpa el inquilino. En esos casos, el inquilino tiene derecho a asistencia de reubicación del alquiler de un mes y / o renuncia al alquiler del último mes dentro de los 15 días de la notificación.
- El propietario quiere mudarse o que se mude un miembro de la familia.
- El propietario quiere retirar el edificio del mercado de viviendas de alquiler según la Ley Ellis.
- Para cumplir con una orden del gobierno (como una orden judicial o una orden de ejecución del código).
- Rehabilitación sustancial para reparar la propiedad por al menos 30 días.
¿Cuándo entra en Vigor AB 1482? +
En general, las protecciones entran en vigor el 1 de enero de 2020. Sin embargo, algunas de las protecciones contra aumentos excesivos de alquiler comenzaron a partir del 15 de marzo de 2019. Cualquier aumento de alquiler después del 15 de marzo de 2019 tendría que cumplir con los límites de alquiler. Si cualquier aumento en el alquiler fuera superior al límite, el alquiler a partir del 1 de enero de 2020 sería el alquiler del 15 de marzo de 2019 más el aumento permitido según AB 1482.
En este escenario, sin embargo, el propietario no tiene que devolverle al inquilino ningún dinero que haya pagado por el aumento permitido por AB 1482 antes de que el alquiler se reiniciara el 1 de enero de 2020.
Por ejemplo: Mi alquiler es de $ 1,000. Mi propietario me dio un aumento de alquiler de $100 en junio de 2019, lo que está por encima de los límites de alquiler de AB 1482. A partir del 1 de enero de 2020, mi alquiler seria $1,083, lo cual es aproximadamente el límite permitido por AB 1482 en 2019.
¿Qué sucede si mi unidad no está cubierta por AB 1482, puede el propietario aumentar mi alquiler? +
Si. En general, su propietario puede aumentar el alquiler. Si el aumento es inferior al 10%, deben avisarle con 30 días de anticipación del aumento del alquiler. Si es más del 10%, su propietario debe darle al menos un aviso de 60 días del aumento.
Si mi unidad no está cubierta por AB 1482, ¿puede el propietario desalojarme? ¿Y por qué motivos? +
En general, si su unidad no está cubierta por AB 1482, su propietario puede desalojarlo con un aviso de 30 días si ha vivido en su unidad por menos de un año. Si ha vivido allí más de un año, pueden desalojarlo con un aviso de 60 días.
¿Cuándo vence la ley? +
La ley expira el 1 de enero de 2030.
Yo vivo en San José ¿Cuáles leyes me aplican? +
Puede vivir en un edificio en San José cubierto por la Ordenanza de Alquiler de Apartamentos o la Ordenanza de Protección del Inquilino de San José. Dado que estas leyes son más protectoras, AB 1482 puede no aplicarse a usted.
La Ordenanza de Alquiler de Apartamentos de San José protege a los residentes de San José que viven en edificios de apartamentos con 3 o más unidades construidas antes de 1979. Si vive en una de estas unidades, su alquiler solo se puede aumentar un 5% al año.
La Ordenanza de Protección de Inquilinos de San José cubre a la mayoría de los residentes de San José que viven en apartamentos. Esta ley significa que el propietario debe darle una razón antes de que pueda desalojarlo. Esto en general es más protección que la ley estatal. Puede obtener más información visitando el sitio web del Departamento de Vivienda de la Ciudad de San José.
Vivo en Mountain View. ¿Cuáles leyes me aplican? +
Puede vivir en un edificio en Mountain View donde se aplica la Ley de Estabilización Comunitaria y Alquiler Justa de Mountain View. Dado que estas leyes son más protectoras, AB 1482 puede no aplicarle a usted.
La Ley de Estabilización Comunitaria y Alquiler Justa de Mountain View protege a los residentes de Mountain View que viven en unidades de apartamentos construidas antes de 1995. Si vive en una de esas unidades, su alquiler solo se puede aumentar teniendo en cuenta la inflación (según lo medido por el Índice de Precios al Consumidor). En 2020, eso es 2.9%.
La mayoría de los inquilinos de Mountain View que viven en apartamentos están cubiertos por la Ley de Estabilización Comunitaria y Alquiler Justa de Mountain View. Esta ley significa que el propietario debe darle una razón antes de que pueda desalojarlo. Esto en general es más protección que la ley estatal. Puede obtener más información visitando el sitio web de City of Mountain View.
¿Qué sucede si el propietario aumenta mi alquiler antes del 1 de enero de 2020 y está arriba de los límites de AB 1482? +
Todavía tiene que pagar el aumento del alquiler siempre que el propietario le entregue un aviso por escrito de 30 días si el aumento del alquiler fue inferior al 10% o un aviso por escrito de 60 días si el aumento del alquiler fue superior al 10%. No pagar su alquiler lo pondrá en riesgo de desalojo. El 1 de enero de 2020, su alquiler volverá a ser lo que sea en marzo de 2019 más el aumento permitido del 8.3%.
¿Qué hago si tengo preguntas? +
Si se encuentra en el condado de Santa Clara, llame a la Law Foundation of Silicon Valley al (408) 280-2424.